A- de 2025
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante --·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025/04 convocó a la Defensoría del Pueblo a una sesión técnica virtual para socializar los resultados de la visita territorial que realizará entre el 26 y 30 de mayo, a los diferentes asentamientos del pueblo Nükak.
La precitada reunión se programó para el 3 de junio de 2025 a las 9:00 A.M.
Así mismo, amplió el plazo para la presentación de la información solicitada en al Auto 606/25, hasta el día 5 de junio del presente año.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. CONVOCAR a la Defensoría del Pueblo1 a una sesión técnica virtual el martes 3 de junio de 2025, a las 9:00 de la mañana para socializar los resultados de la visita territorial que realizará entre el 26 y 30 de mayo. A esta sesión deberán comparecer los integrantes del equipo técnico y de la Defensoría del Pueblo - Regional Guaviare que participaron en la visita territorial. La diligencia será grabada, y el video será incorporado al expediente de la Sala.
- Para los fines pertinentes, la entidad deberá enviar un listado de los funcionarios y contratistas en cuestión, a través del correo de la Secretaría General de la Corte Constitucional: salasrevisiona@corteconstitucional.gov.co y del correo de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004: desplazamientoforzado@corteconstitucional.gov.co, a más tardar, el día viernes 30 de mayo. La lista debe incluir los nombres completos y los correos electrónicos para que el equipo de la Sala Especial pueda enviarles la respectiva citación a la reunión virtual.
- Segundo. AMPLIAR el plazo para la presentación de la información adicional que la Defensoría estime pertinente hasta el día 5 de junio de 2025. Este reporte debe ser remitido, a través del correo de la Secretaría General de la Corte Constitucional: salasrevisiona@corteconstitucional.gov.co y del correo de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004: desplazamientoforzado@corteconstitucional.gov.co.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.